José Roberto García Rodríguez, procesado por el caso “Construcción y corrupción”, solicitó a la Corte de Constitucionalidad (CC) que se elimine el cargo de financiamiento electoral ilícito de los hechos por los cuales se le acusa.
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Por medio de su abogado, Abraham Girón Morales, el señalado pidió declare inconstitucional el segundo párrafo del artículo 407 N del Código Penal, donde se establece el delito y la pena de financiamiento electoral ilícito.
El profesional del Derecho afirmó que existe incongruencia en la acusación que el Ministerio Público (MP) hace en contra de su cliente, pues se le señala por supuestamente haber dado aportes financieros anónimos a la campaña que el desaparecido Partido Patriota (PP) hizo en 2011.
García Rodríguez afirmó a los magistrados que en el segundo párrafo de la norma que establece el referido ilícito se enmarca una figura pasiva para la ejecución de la acción, por lo cual considera que no existe coherencia con los cargos que la Fiscalía hace contra su cliente, al señalarlo de entregar financiamiento.
En la audiencia también se escuchó a Carlos Vides Navas, de la Fiscalía Especial contra la Impunidad, quien explicó que García Rodríguez habría entregado Q4 millones a Alejandro Sinibaldi, que durante el gobierno del PP fungió como ministro de Comunicaciones.
Vides Navas afirmó que los argumentos de la defensa del procesado recogen hechos no relacionados con el caso.
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Perfil del procesado
García Rodríguez es representante legal de la empresa Constructora de Ingeniería Civil, Supervisión y Asesoría, Sociedad Anónima (CISA).
Es señalado por supuestamente haber cometido los delitos de cohecho activo y financiamiento electoral ilícito.
Según las investigaciones de la Fiscalía, Comunicaciones habría otorgado un contrato a CISA por Q810 mil 42.87 en 2012.
De acuerdo con las pesquisas, las constructoras que eran contratistas del Estado habrían financiado de manera ilegal al PP con la condición de que se les pagara la deuda de arrastre o que se les entregaran licitaciones para la ejecución de obra pública.
La condición para realizar cualquiera de las dos acciones era entregar una comisión ilegal consistente entre el 10 y 15 por ciento del total del contrato o deuda.