El Tribunal de Femicidio de Chimaltenango condenó a un hombre a cumplir 10 años de prisión inconmutable al haberlo declarado responsable de agredir físicamente a su conviviente.
Luciano Pineda Guat fue sentenciado como responsable del delito de violencia física contra la mujer en concurso real de delitos.
Según la Fiscalía de la Mujer del referido departamento, el ahora condenado atacó a su conviviente en dos ocasiones distintas.
De acuerdo con las investigaciones, las cuales quedaron probadas en ante el Tribunal, la violencia ocurrió:
- En el mes de marzo de 2017, en el interior de la vivienda de la pareja.
- En el mes de julio de ese mismo año, en las calles de San Andrés Itzapa, localidad donde residían.
Los antecedentes que el órgano encargado de la persecución penal presentó ante el despacho judicial indican que en ambas ocasiones las autoridades policiales capturaron a Pineda Guat en flagrancia.
Según el Ministerio Público (MP), el sentenciado habría incurrido en las acciones ilícitas que se describen en el artículo 7 de la Ley contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, en donde se detalla que:
Comete el delito de violencia contra la mujer quien, en el ámbito público o privado, ejerza violencia física, sexual o psicológica, valiéndose de las siguientes circunstancias:
- Haber pretendido, en forma reiterada o continua, infructuosamente, establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.
- Mantener en la época en que se perpetre el hecho, o haber mantenido con la víctima relaciones familiares, conyugales, de convivencia, de intimidad o noviazgo, amistad, compañerismo o relación laboral, educativa o religiosa.
- Como resultado de ritos grupales usando o no armas de cualquier tipo.
- En menosprecio del cuerpo de la víctima para satisfacción de instintos sexuales, o cometiendo actos de mutilación genital.
- Por misoginia.
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