El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó un recurso de nulidad con el cual el alcalde de Villa Nueva, Edwin Escobar, buscaba que se revocara la resolución que lo dejó fuera del proceso electoral.
La notificación que recibió Escobar señala que es parte del expediente 1345-2019, en el cual constan las gestiones que hizo ante el ente encargado del proceso electoral para ser inscrito como candidato a la presidencia por el partido político Prosperidad Ciudadana.
En consecuencia, se confirmó la decisión del pasado martes 4 de junio, con la que se anuló la participación del jefe edil en la carrera por la primera magistratura.
La notificación fue hecha a Dami Anita Elizabeth Kristensson Sales, secretaria general de la referida agrupación política, quien interpuso el referido recurso legal en nombre de Escobar.
Se ordenó que dicha resolución sea trasladada al Registro de Ciudadanos del TSE para que se agregue al expediente.
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Revés contra Escobar
La participación de Escobar en el proceso electoral 2019 fue polémica desde su inicio, cuando de cuestionó su interés por competir por la presidencia pese a no contar con finiquito de la Contraloría General de Cuentas (CGC).
El Juzgado de Santa Lucía Cotzumalguapa, en Escuintla, ordenó que se emitiera el documento al aspirante al referido cargo público al otorgarle un amparo provisional.
Sin embargo, la Corte de Constitucionalidad (CC) dejó sin efecto dicha resolución por considerar que fue emitida por una autoridad que no tenía competencia por territorio.
El caso fue trasladado al Juzgado Noveno de Primera Instancia del Ramo Civil, el cual determinó que no existían motivos para conceder la protección constitucional provisional al alcalde.
Según el TSE, dicho fallo hacía inválido el finiquito que ya tenía Escobar y, por no contar con el documento, no habría completado los requisitos establecidos en la ley. Por eso se revocó su inscripción.
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