Estados Unidos firmó un acuerdo de cooperación bilateral con Guatemala el cual facilitará una mayor transparencia, responsabilidad y seguridad de los trabajadores en el programa de visas de no inmigrante H-2A par trabajadores agrícolas temporales de Guatemala.
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La firma de dicho acuerdo se dio por medio del ministro de Trabajo y Previsión Social de Guatemala, Gabriel Aguilar; y John Pallasch, secretario adjunto del Departamento de Trabajo de EE.UU.
Facilitación
De acuerdo con el boletín del MinTrab, este acuerdo permitirá facilitar y supervisar el proceso de reclutamiento de trabajadores guatemaltecos del sector agrícola.
Esto por conducto del Departamento de Movilidad Laboral del Mintrab o de los reclutadores privados debidamente registrados.
Además, se crean mecanismos entre las partes que facilitan el reclutamiento sistemático, ordenado y seguro propiciando la responsabilidad y transparencia durante dicho proceso.
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Sobre el acuerdo
- Establece las herramientas para evitar, denunciar e investigar infracciones en el programa de visas H-2A, tales como fraude, uso indebido y discriminación.
- Garantiza que no habrán represalias por la denuncia de toda infracción de este tipo contra trabajadores guatemaltecos.
- Se contempla la protección de los trabajadores guatemaltecos y se establece la prohibición de realizarles cualquier cobre relacionado con su posible contratación.
- El responsable de cubrir los costos es el empleador.
- También es el empleador el responsable de la confiscación o retención de sus documentos de viaje e identidad.
Gracias a este acuerdo se fortalece el mecanismo para brindar atención, asistencia y protección consular de Guatemala a los trabajadores guatemaltecos que participan del programa H-2A", se indica.
¿Qué es el programa de visa H-2A?
El Programa H-2A permite que empleadores o agentes estadounidenses que cumplen con requisitos reglamentarios específicos traigan ciudadanos extranjeros a los Estados Unidos con el propósito de llenar puestos de empleos temporales en la agricultura.
Un empleador, un agente estadounidense según descrito en la reglamentación, o una asociación estadounidense de productores agrícolas denominada como un empleador conjunto, deben presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante a nombre del posible empleado.