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CC ampara a sindicalistas y suspende contratación a tiempo parcial

La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió provisionalmente la contratación a tiempo parcial.

En el fallo se decreta la suspensión a los artículos 2 y 4 del acuerdo gubernativo 89-2019.

Estos se refieren al traslado de un trabajador de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa. Así como, al horario y a las prestaciones de ley, las cuales “podrán determinarse proporcionalmente”.

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La resolución se da en respuesta a seis personas, representantes de diferentes organizaciones sindicales. Todos presentaron un recurso de inconstitucionalidad el 9 de septiembre.

Los sindicalistas argumentaron que la contratación a tiempo parcial es "incongruente y ajena a la realidad del país". Además, que el Ministerio de Trabajo (Mintrab) todavía no había regulado aspectos, como el pago del Seguro Social. 

Lamentan fallo por contratación

Fanny de Estrada, directora de Relaciones Institucionales de la Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport), se pronunció sobre el fallo de la CC.

“(caritas tristes) con el amparo emitido por la CC en contra del trabajo por hora. Más de 13 años gestionándolo para los que quieren estudiar y trabajar con derecho a todas sus prestaciones. Duro golpe”, escribió en Twitter.

Por su parte, el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), expuso en un comunicado:

“Es un derecho básico y parte fundamental del desarrollo de una sociedad el que una persona tenga la libertad de decidir la cantidad de horas que desea trabajar. Asimismo, contar con esta opción permite la generación de una importante cantidad de empleos que contribuye a disminuir la migración ilegal y la informalidad”.

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Según el Cacif, la decisión de la CC “atenta contra ese proyecto social”, por eso responsabilizan a los magistrados que votaron a favor de ese fallo.

Concepto de empleado a tiempo parcial

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  1. El trabajador a tiempo parcial es aquel que presta sus servicios personales durante un tiempo inferior al establecido para la jornada ordinaria del Código de Trabajo (diurna, mixta y nocturna).

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