La vigencia de la Ley de Simplificación, Actualización e Incorporación Tributaria tendría un impacto negativo en la recaudación fiscal, detalló la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) al diputado Carlos Berreda por medio de una carta.
Dicha nota fue remitida por Werner Ovalle Ramírez, superintendente interino, al diputado Carlos Barreda, integrante del bloque Unidad Nacional de la Esperanza (UNE).
En la comunicación se señalan dos escenarios, los cuales darían como resultado la disminución en la recaudación de Q327.18 millones anuales, desde el punto de vista más benévolo.
Mientras que la opinión más radical indica que el perjuicio fiscal sería de Q9 mil 568.05 millones al año.
La misiva de Ovalle Ramírez para Barreda fue recibida en el Congreso de la República el pasado lunes 7 de octubre.
En la misma se indica que:
- Para la fecha en la cual se hizo la consulta y en la que se elaboró la respuesta, todavía no se había publicado el decreto legislativo 7-2019, que contiene dicha normativa.
- Además, que la entidad que debía elaborar la opinión que se requería tendría que ser el directorio de la SAT.
Sin embargo, se haría un esfuerzo para cumplir el requerimiento que se hizo al despacho del funcionario, por lo cual se utilizaron publicaciones de medios de comunicación relacionados al tema, con el objetivo de hacer la estimación.
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Escenarios que avisora la SAT
Según Ovalle Ramírez, el "sacrificio" a la recaudación podría ser de:
- Q327.18 millones anuales. "Se estima el impacto sobre la base del número de contribuyentes que conforme las condiciones establecidas en el Decreto en mención podrían acogerse al régimen".
- Q9 mil 568.05 millones al año. "Adiciona a los contribuyentes que(,) no obstante ser ajenos al sector agropecuario, operan bajo las mismas condiciones –ACTIVIDAD ECONÓMICA– y que basados en los principios tributarios de igualdad, justicia y equidad tributarias… podrían solicitar un tratamiento similar".
Se finaliza con la observación de que:
"Si bien es cierto… eventualmente elevaría la base tributaria, lo es también que ello podría ser producto de la dilución de operaciones de un contribuyente por medio de la inscripción de otro u otros nuevos. Lo anterior, a efecto de no sobrepasar el monto máximo permitido para operar en el Régimen Especial de Contribuyente Agropecuario".
El decreto fue publicado por el Diario de Centro América el pasado martes 15 de octubre y entró en vigencia un día después.
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