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Petición del MP contra magistrados de la CC y Apelaciones, y diputados enfrenta a juristas

El Ministerio Público sorprendió con su petición de levantarle la inmunidad a 111 funcionarios, entre ellos magistrados de la CC, cortes de Apelaciones y diputados.

Reglamentar

“No veo irregularidad, es el debido proceso”

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Roberto Molina Barreto, constitucionalista

Lo que está haciendo la fiscal general es el debido proceso, las denuncias contra cualquier funcionario son obligación del Ministerio Público (MP), pues debe impulsar las diligencias de conformidad a la Ley de Materia de Antejuicio. Las cuales deben analizarse si hay razones espurias, ilegítimas o políticas, y cumplir con lo establecido en el inciso h del artículo 165 de la Constitución. Por ello, no veo anomalía en la presentación de los antejuicios, ya que es lo que le compete al MP, todo se origina por la denuncia de Roberto Hernández en contra de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC). Dicha denuncia tiene que ver con la suspensión de la elección de magistrados de las Cortes. No veo ilegalidad, ya que se busca reglamentar con base en la misma sentencia de la CC, por lo que es el debido proceso, lo que si hay una crisis se debe aplicar la ley. Nadie es superior a la ley y no se puede ser ni juez ni parte, por lo que se debe avanzar con las diligencias de los antejuicios y de ahí decidir si se levanta la inmunidad para iniciar un proceso penal, pero no es crisis, sino de interpretación de materia de antejuicio, ya que la sentencia del máximo tribunal para la elección de magistrados de las cortes Suprema y de Apelaciones es complicada, porque se ordenó excluir a candidatos, pues el Congreso intenta cumplir con la sentencia sin violar la Constitución, pero se reconoció que el problema fue en la comisión de postulación.

Equilibrio

“Quieren abolir a la CC para tener órganos ad hoc”

Gabriel Orellana, constitucionalista

El antejuicio no implica una acusación, hay que tenerlo claro. Pero la solicitud de levantarles la inmunidad a los magistrados no es ajustada a derecho por todo lo que se ha venido discutiendo, ya que es un tribunal independiente y colegiado, por lo que a mi juicio no se puede acusar a cuatro magistrados por una sentencia colegiada e independiente si para eso tiene su propósito y función. La CC está perfectamente en derecho de resolver nuevamente la suspensión de esa acción; sinceramente, el ataque contra la CC viene desde la legislatura pasada cuando salió en abolirla y regresar las funciones a la Corte Suprema de Justicia. El problema es que haya un tribunal independiente y eso a muchos no les conviene, porque quieren tener todo bajo control, como es la Corte Suprema y es lo que vemos en estos momentos, como lo hemos visto en varias ocasiones en el tiempo de Árbenz y de Serrano. En el momento en que deje de existir un órgano independiente constitucional habrá personas y funcionarios ad hoc para traducir la Constitución, para que haya reelección presidencial. Con eso se corre el riesgo de convertir el país como Venezuela, Honduras, Nicaragua y Ecuador. Hay que defenderla porque de llegarla a desaparecer se irán (esos grupos de poder) por tener un Tribunal Electoral ad hoc y una Corte Suprema de Justicia donde van a tener juicios privilegiados los que son favorables al régimen y será un momento para establecer una dictadura.

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Separación

“La CC es el guardián de la Constitución”

Rodolfo Rohrmoser, constitucionalista

La situación en el país, tanto administrativa como jurídicamente, está mal. Lamentablemente, hay incumplimiento de las normas legales debido a las negativas por acatar las decisiones de la Corte de Constitucionalidad (CC) y eso viola la Constitución. El Ministerio Público está cumpliendo su función en cuanto a decidir que se ejecuten las medidas de la CC. El imperio del derecho hay que hacerlo y es lo que intenta la fiscal, por lo que el Congreso deberá aceptar o declarar que hay base de levantarles la inmunidad a los funcionarios para llevarlos a tribunales, pero lo que hace el Congreso es ilegal. Se debe separar lo político a lo legal. La actual Corte extendió, de buena fe, que el amparo protege a la persona con sus derechos. Antes mantuvimos la tesis que para que procediera debía haber un agravio personal y directo para plantear la protección, pero la solución rápida compromete a los jueces. La CC es el guardián de la Constitución, que es la división de poderes. Desde 1900 se crearon las cortes (constitucionales) para proteger los derechos humanos. Y en algunas se estableció el defensor del pueblo para dar más apoyo al pueblo, pero lo grave sucede cuando se tiene una corte política, ya que cuando hay un rebalse de poder por malinterpretación de la norma se crean problemas. La CC no tiene el poder de los tres organismos del Estado y la situación se complica cuando se es designado y no electo, como sucede con los diputados o presidente que como con los magistrados.

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