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Gobierno declara estado de prevención en municipios de Izabal y Alta Verapaz

Se indicó que en estas localidades se han dado acciones que afectan el orden y la gobernabilidad.

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El Gobierno declaró estado de prevención en cinco municipios de Izabal y Alta Verapaz para fortalecer las acciones de seguridad en la localidad.

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La medida tiene vigencia de 15 días, según se indica en el decreto gubernativo número 16-2020 de la Presidencia de la República, publicado este domingo en el diario oficial.

Los municipios para los que se decretó la medida son:

Izabal

  • El Estor
  • Morales
  • Livingston

Alta Verapaz

  • Panzós
  • Santa Catalina La Tinta

El Ejecutivo indicó que, de acuerdo con informes de seguridad de las entidades competentes y organizaciones, en las referidas localidades se han dado acciones irregulares.

Entre estas que diversos habitantes y grupos armados han efectuado una serie de acciones que encuadran en indicios fundados de actos violentos y ataques contra las fuerzas de seguridad.

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“Acciones realizadas, posiblemente, por instigación de grupos criminales que tienen como objeto desestabilizar a la autoridad departamental y municipal”, destaca la publicación.

Añade que esta situación genera violencia e ingobernabilidad, riesgo a la vida y la libertad y afectan la justicia, desarrollo social, paz y seguridad de los habitantes de la región.

En ese sentido, resalta que es necesario que ese tipo de conductas no continúen, por lo que es “de carácter urgente” emitir las medidas oportunas.

Esta es la segunda ocasión en la que se aplica un estado de prevención en las mencionadas localidades, pues ya el pasado 27 de julio el Gobierno lo decretó, también para un período de 15 días.

Medidas

El decreto gubernativo refiere que durante el plazo del estado de prevención en los municipios señalados se decretan las siguientes medidas:

  • Limitar la celebración de reuniones al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos.
  • Disolver por la fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se llevaren a cabo sin la debida autorización, o si, habiéndose autorizado se efectuare portando armas u otros elementos de violencia.
  • Limitar el derecho a la celebración de manifestaciones públicas que afecten la libre locomoción de las personas.
  • Limitar el derecho de portación de armas u otros elementos e violencia.
  • Prohibir el estacionamiento de vehículos en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y la seguridad de las personas.
  • Exigir a los órganos de publicidad o difusión que eviten todas aquellas publicaciones que, a juicio de la autoridad, contribuyan o inciten a la alteración del orden.

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