La Embajada de Estados Unidos acreditada en el país informó que ya se procesan las solicitudes de visas de trabajo temporal que realizaron en esa sede diplomática.
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Por medio de su cuenta oficial de Twitter, la misión estadounidense dio a conocer que se evaluará si visas H-2B, que fueron requeridas, califican entre alguna de las excepciones de interés nacional de EE. UU.
Esas excepciones se encuentran en la Proclamación Presidencial (P.P.) 10052, emitida por Donald Trump, mandatario estadounidense, el lunes 22 de junio pasado.
Las medidas presidenciales se decretaron para evitar el brote del COVID-19 dicha nación.
En el sitio electrónico de la Embajada se detalló que:
“Si usted quiere trabajar temporalmente en los Estados Unidos como un no inmigrante, usted necesita una visa específica en base al tipo de trabajo que usted va a realizar, de acuerdo con la ley de inmigración de los Estados Unidos”.
De esa cuenta, se exige que antes de que el interesado pida la visa estadounidense, haya concretado un puesto laboral en EE. UU., y que la persona o empresa haga una solicitud previa:
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“La mayoría de categorías de trabajadores temporales requieren que su futuro empleador o agente presente una petición en los Estados Unidos, la cual tiene que ser aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos antes que usted pueda solicitar la visa de trabajo”.
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Visas del Programa de Migración Laboral
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social explicó en su sitio electrónico:
“El Programa de Migración Laboral es una alternativa de migración regular, ordenada y segura, que está siendo implementado por el Departamento de Movilidad Laboral para promover la inclusión laboral de los guatemaltecos en el extranjero”.
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