l Ministerio de Salud publicó este martes dos acuerdos que contienen el reglamento del mecanismo para la compensación por el uso de vacunas contra la Covid-19 y el comité que se encargara de la evaluación de casos.
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En el caso del reglamento se incluyó el proceso de atención y análisis, así como los plazos para los reclamos, los cuales deberán ser verificados por el Comité de Evaluación de Reacciones Adversas.
Conoce los puntos más importantes:
- De acuerdo a la publicación, en todos los centros de vacunación habrá personal de epidemiología encargado para la vigilancia y notificación en caso corresponda.
- Si el evento supuestamente atribuible a la vacuna contra el coronavirus surge un día después de la vacunación o al egresar del centro de vacunación, la persona afectada deberá acudir a este último o a una institución de salud para informar. Debe ser dentro del plazo de 30 días de recibida la inmunización.
- Los Eventos supuestamente atribuidos a la vacunación o inmunización (Esavi), deberán notificarse inmediatamente por medio de una ficha disponible en https://mspas.gob.gt, documento en el que se deberá incluri toda la información disponible del caso, directamente por el personal médico o que corresponda.
- La notificación deberá enviarse al director del área de salud o delegado del Comité de Farmacovigilancia en un plazo no mayor de 48 horas después de haberse identificado el evento.
Investigación de los casos
- El Comité recibirá la notificación de Esavi y conforme a los lineamientos establecidos en un manual deberá dar seguimiento al caso y de ser necesario clasificarlo como reacción adversa seria.
- Tras el análisis se emitirá un dictamen dentro de un plazo no mayor a 90 días, salvo excepciones. Deberá contener respaldo técnico y médico, calificación de la reacción adversa y su determinación en cuanto a la relación causal con la vacuna.
- El Comité deberá emitir un dictamen y enviarlo dentro del plazo de tres días al director del área de salud o delegado del Comité de Farmacovigilancia que haya llenado la notificación de Esavi.
- Luego, el directo o delegado procederá a notificar el dictamen respectivo a la persona afectada, o en su defecto, a su representante legal o familiares, en el lugar señalado para recibir notificaciones.
Proceso para compensación
La reclamación se hará solamente en los casos en que el dictamen emitido por el Comité clasifique la reacción adversa como seria, y a su vez haya establecido que existe una relación de causalidad con la vacuna contra la Covid-19.
El reclamo deberá presentarse en un plazo no mayor a 30 días de haber sido notificado el caso.
Se deberán presentar:
En caso ser la persona afectada:
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- Formulario de solicitud que le será proporcionado por la citada Dirección de Área de Salud, debidamente firmado, o con impresión dactilar de la persona afectada.
- Fotocopia legalizada de su Documento Personal de Identificación (DPI).
- Constancia de vacunación contra el covid-19 en original.
- El dictamen, en original, que le fue notificado.
En caso de ser representante legal o familiar del afectado:
Los documentos anteriores y además:
- En cuanto al representante legal, el documento en fotocopia legalizada con que acredite tal calidad, con la razón de inscripción en el respectivo registro.
- Respecto a los familiares dentro de los grados de ley, una certificación en original y vigente, emanada del Registro Nacional de las Personas de Guatemala.
En caso no se cumplan con los requisitos necesarios, el reclamante será notificado para subsanar o presentar la información requerida.
Posteriormente, de acuerdo al artículo 16 del reglamento, la dependencia financiera de la Dirección del Área de Salud procederá a efectuar el pago correspondiente.
Por último se estable que los casos no previsto serán conocidos por el Consejo Técnico del Ministerio de Salud.