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Publica acuerdo por Estado de calamidad para contener el COVID-19

Derivado de un repunte en el contagio de COVID-19, el gobierno de Guatemala limitó la locomoción para evitar la propagación.

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Este sábado 14 de agosto, fue publicado en el Diario de Centro América (DCA) el acuerdo gubernativo 6-2021, que da vida al Estado de calamidad que impuso el gobierno de Guatemala para contener el contagio de COVID-19.

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Según lo manifestado por el presidente, Alejandro Giammattei, en un mensaje a la nación que se difundió durante la noche del pasado viernes 13 de agosto, la medida más estricta es un toque de queda que iniciará desde las 22 horas y concluirá a las 4 horas del día siguiente.

Esa restricción regirá en todo el territorio nacional y comenzará a ejecutarse desde este domingo 15 de agosto, afirmó el mandatario.

 

En la normativa se señaló que:

“Se hace necesario robustecer las normas sanitarias”.

Además,  estas nuevas medidas se determinaron “a pesar de haberse emitido oportunamente –las– disposiciones obligatorias para la contención y prevención” del nuevo coronavirus.

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También se señaló que las instituciones rectoras de la salud y la comunidad en general deberán desarrollar las referidas medidas con el objetivo de evitar la propagación del virus SARS-CoV2 y así reducir el impacto que tiene en la sanidad pública.

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Medidas por COVID-19

Entre las restricciones que figuran en el acuerdo gubernativo 6-2021 están:

  • Se prohíben las reuniones masivas.
  • Las manifestaciones deben cumplir las medidas de prevención y que garanticen la libre locomoción, además del distanciamiento físico y otras acciones de protección personal.
  • Se establece un precio mínimo y máximo para los medicamentos que son utilizados para el tratamiento de pacientes positivos a COVID-19.
  • Se ordena al Instituto Guatemalteco de Migración (IGM), Ministerio de Relaciones Exteriores (Minex) y a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), para coordinar con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), la vigilancia de los puntos fronterizos.
  • El Ministerio de Gobernación (Mingob) deberá aplicar los procedimientos correspondientes para garantizar el orden público.

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