En la instancia de jefes de bloque del Congreso continúa la discusión de la propuesta de ley de emergencia para la atención de la pandemia Covid-19. En el proceso también participan autoridades del Ministerio de Salud.
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Tras una sesión extensa, los legisladores avanzaron en los consensos en cuanto a los distintos artículos que se incluirían en la iniciativa.
Los representantes de las 19 bancadas se reunieron desde horas de la mañana del pasado viernes y continuaron conociendo la normativa hasta la madrugada de este sábado.
En tanto, se tiene previsto que a partir de las 15:00 horas de hoy se siga abordando el tema, pues el presidente del Congreso, Allan Rodríguez, ya convocó a una nueva reunión.
Acerca de la propuesta para atender el Covid-19
La iniciativa de ley de emergencia busca apoyar las acciones necesarias para el abordaje de la emergencia sanitaria generada por el Covid-19.
Según explicó el Ministerio de Salud, la normativa sería de aplicación temporal y propone facilitar las gestiones de contratación de personal de primera línea.
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Otro de sus objetivos es que la red pública pueda contar con los suministros esenciales necesarios para la atención de la ciudadanía en el marco de la pandemia.
Hasta ahora se han consensuado 24 artículos de los 27 propuestos en el proyecto inicial. Entre estos se encuentran:
- Artículo 7. Centralización normativa. Con el objeto de asegurar la centralización normativa y la descentralización operativa bajo parámetros de transparencia, competitividad y segregación de funciones, las autoridades deben emitir manuales de normas y procedimientos de adquisiciones y contrataciones.
- Artículo 9. Compra competitiva con oferta electrónica. Consiste en la adquisición de bienes, obras de ampliación y acondicionamiento en los servicios públicos de salud, suministros y servicios establecidos en el listado básico contenido en esta ley, a través de oferta electrónica en Guatecompras. En ningún caso se admitirán ofertas en papel.
- Artículo 10. Contrato abierto de salud. Es un proceso competitivo convocado en el sistema Guatecompras, por medio del cual se suscribe un contrato con uno o más proveedores para la adquisición de bienes, servicio so suministros, el cual será coordinado por el Ministerio de Finanzas.
Esta modalidad de adquisición se regirá supletoriamente con la Ley de Contrataciones del Estado y tendrá como objeto agilizar la contratación, a través de esta modalidad.
- Artículo 11. Bienes y suministros importados. Las entidades sujetas por esta Ley temporal pueden adquirir e importar en forma directa con los fabricantes y distribuidores autorizados, los bienes, servicios y suministros.
- Artículo 12. Plan Anual de Compras. Se le ordena al Ministerio de Salud y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) y sus respectivas unidades ejecutoras actualizar su plan de compras, según las nuevas asignaciones presupuestarias derivadas de la presente ley.
- Artículo 20. Máxima publicidad. El IGSS y el Ministerio de Salud deben publicar toda la información sobre las adquisiciones que realicen al amparo del presente decreto en sus portales electrónicos.