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Fijan plazo para que funcionarios públicos renuncien si participarán en elecciones 2023

Esto fue publicado por el Tribunal Supremo Electoral mediante el acuerdo 321-2022. Algunos de los empleados públicos que aspiren a alguna candidatura tienen hasta antes del próximo 19 de octubre.

Mediante el acuerdo 321-2022 el Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio a conocer las normas y plazos aplicables a funcionarios y empleados públicos que tengan interés a postularse para un cargo de elección popular en el próximo proceso electoral de 2023.

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En dicho documento se establecen los plazos y fechas que las personas deben considerar para poder postulares.

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Fechas límites

El TSE compartió las fechas límites para poder renunciar al cargo, en caso de que estuviesen en un puesto público para los distintas aspiraciones que se tengan: Presidente, diputados, diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen) y alcalde.

Para Presidente

  • Para optar al cargo de Presidente o Vicepresidente de la República, el ministro de Estado debe renunciar seis meses antes de la elección. La fecha límite es el 23 de diciembre de 2022.
  • En cuanto a los miembros del Ejército que pretendan ingresar a la carrera por ser el jefe supremo de la Nación, deben estar de baja o en situación de retiro por lo menos cinco años antes de la fecha de convocatoria a elecciones.

Para diputados

  • Según el artículo dos del acuerdo, “es nula la elección de diputado que recayere en funcionario que ejerza jurisdicción en el distrito electoral que lo postula, o la hubiere ejercido tres meses antes de la fecha en que se haya convocado a la elección”.
  • La fecha límite es el 19 de octubre de 2022.

Para diputados al Parlacen

Se indica que se requieren observar los mismos requisitos, prohibiciones y plazos para optar al cargo de diputados al Congreso de la República de Guatemala. Es decir, corresponde la misma fecha límite.

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Para alcalde

  • Según el artículo cuatro, “los funcionarios o empleados públicos que ejerzan un cargo en el municipio donde se postulan, no deben ejercer el cargo durante, por lo menos, tres meses antes de la fecha de convocatoria a elecciones”.
  • La fecha límite es el 19 de octubre de 2022.
  • También se resalta que la excepción de este requisito se dirige a los miembros del Concejo Municipal que opten por la reeleción.

Respecto a funcionarios del Ministerio Público

  • En cuanto a funcionarios o empleados del MP, “no deben ejercer el cargo durante, por lo menos, tres meses antes de la fecha de convocatoria a elecciones”.
  • Esto quiere decir que la fecha límite es el 19 de octubre de 2022.

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