Veteranos militares presentaron este viernes, 21 de octubre de 2022, un amparo preventivo en la Corte de Constitucionalidad (CC) para dejar sin efecto la aprobación del decreto 51-2022 que busca otorgar Q36 mil a cada jubilado del Ejército de Guatemala a cambio de brindar servicios ambientales.
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Los militares retirados también anunciaron manifestaciones para los días martes, miércoles y jueves de la próxima semana (25, 26 y 27 de octubre de 2022) en rechazo al decreto antes mencionado. Los jubilados del Ejército de Guatemala solicitaron al Congreso de la República que se apruebe la iniciativa que busca otorgar Q120 mil a cada excombatiente durante el conflicto armado.
Otro decreto para veteranos militares
Con el objetivo de dignificar la vida de los jubilados del Ejército de Guatemala, el Pleno del Congreso aprobó con 112 votos el Decreto Legislativo 52-2022, que aprueba reformas al Decreto Ley Número 75-84 del Jefe de Estado, Ley Orgánica del Instituto de Previsión Militar (IPM), que entre otros beneficios determina como edad máxima para ingresar como afiliado a dicho instituto a los 40 años.
La ley aprobada por integrantes de la IX Legislatura también busca armonizar la normativa que regula las gestiones administrativas del ente castrense, con el objetivo de un mejor funcionamiento y el aprovechamiento de los recursos, en beneficio de sus miembros activos y pasivos.
EI IPM fue creado en 1963 para centralizar los trámites de las prestaciones laborales de los miembros del ramo de la Defensa Nacional, asimismo, es una entidad descentralizada del Estado, con personalidad jurídica autónoma, patrimonio propio y con facultades para adquirir derechos y contraer obligaciones en el cumplimiento de sus fines.
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Además, la actualización de la Ley establece que los beneficios que brinda el IPM a sus afiliados deben ser ajustados acorde a la realidad actual de la población, así como a las necesidades sociales del momento y con ello se mejore el régimen previsional del Instituto, para los integrantes del Ejército de Guatemala que pasan a situación de retiro.
Entre las reformas se incluye beneficiar con 100 % del Seguro Dotal de jubilación, al afiliado que cumpla los 33 años de cotización al régimen de Previsión Militar; se amplía la edad máxima para ingresar como afiliado al Régimen de Previsión Militar, ahora hasta los 40 años y no 35 como está actualmente; y se tendrá derecho a jubilación quienes hayan sido afiliados activos del IPM durante 25 años o más.
Asimismo, para los que tengan 33 años o más de cotización al Régimen de Previsión Militar, el monto de la jubilación será del 100% del sueldo asegurado durante los últimos 60 meses: mientras que, los afiliados activos del IPM de alta en el Ejército de Guatemala, que tuvieran un mínimo de 10 años, pero menos de 25 años de servicio militar y cumplieren la edad de retiro obligatorio determinada por la ley, tendrán derecho a una prestación en efectivo por una sola vez, equivalente a un mes de sueldo asegurado por cada año de servicio y proporcional por fracción de año.
También se fija que tendrán derecho a Seguro Dotal en la escala porcentual, los afiliados activos que habiendo causado baja del Ejército de Guatemala, tuvieren 30 años o más de cotización al Régimen de Previsión Social, igualmente, si el afiliado activo falleciera, aunque no llenare los requisito que se refiere el párrafo anterior, los beneficiarios herederos legales recibirán el 100% del monto del Seguro Dotal.
En el transcurso de la aprobación del Decreto, que fue aprobado por las dos terceras partes del total de diputados al Congreso, se agregaron tres artículos que se refieren a la integración y temporalidad en el cargo de la Junta Directiva del IPM, entre otros importantes temas.
Con información de Francisco Pérez.