El miércoles, 7 de diciembre de 2022, día en que se realiza la tradicional quema del diablo, el Tribunal de Mayor Riesgo “B” dictó sentencia a todos los acusados en el emblemático caso conocido como “La Línea”.
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En dicho caso se encontraban sindicados el expresidente de la República, Otto Fernando Pérez Molina; y la ex vicepresidenta Roxana Baldetti Elías.
Previo a que se conociera la resolución en contra de ambos exfuncionarios públicos, se dieron a conocer las absoluciones de otros sindicados.
Sentencia
La presidenta del Tribunal de Mayor Riesgo “B” explicó las penas que se dictan por el delito de casos especiales de defraudación aduanera y por el cual fueron absueltos el exjefe de la SAT, Omar Franco Chacón, José Gil Monterroso y Edgar Armando Sac.
Cohecho pasivo
Por su parte, la jueza Katty Sarceño fue la encargada de exponer la resolución del delito de cohecho pasivo en contra de los sindicados.
“La configuración de cohecho pasivo no se describe de una forma detallada para cada uno de los sindicados”, aseguró la jueza Sarceño por lo que de forma unánime se indicó que varios de los sindicados quedaban absueltos del mismo.
Enriquecimiento ilícito
“Otto Fernando Pérez Molina e Ingrid Roxana Baldetti Elías se les está acusando del delito de enriquecimiento ilícito”, indicó Sarceño mencionando la ley de anticorrupción durante su resolución.
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Reseñó sobre la forma en que se puede incurrir en dicho delito por parte de las personas que son sindicadas del mismo, por ejemplo, cuando hay ingresos que no se pueden justificar o la cancelación de deudas.
“El tribunal establece que en el auto de apertura a juicio se modificó la calificación jurídica de cohecho pasivo, que originalmente se le fue acusado a los ya mencionados por el actual, que es el de enriquecimiento ilícito. Pero en ningún momento consta que se haya ampliado esos hechos primariamente acusados”, dijo.
Por otra parte, mencionó las fechas en que ambos acusados tomaron sus cargos públicos y en las cuales dejaron los mismos. En dicho tramo de tiempo, según Sarceño, no se pudo establecer que se haya incurrido en esos delitos.
Además, la jueza indicó que no contaron con la presencia de estados bancarios o pruebas de cuentas internacionales comprobables.
“Al no existir prueba que el tribunal pueda considerar acreditado para considerar el incremento patrimonial, se debe absolver este delito”, dijo la jueza Sarceño.
Culpables
No obstante, la jueza Marling Mayela González Arrivillaga explicó que fueron hallados culpables de los delitos de asociación ilícita y casos especiales de defraudación aduanera.
Fallo a otros sindicados
Los exjefes de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), Omar Franco Chacón y Carlos Enrique Muñóz Roldán, fueron absueltos por el delito de asociación ilícita.
Al momento de tomar la palabra y al referirse a la argumentación en el caso de Muñóz Roldán, la jueza Jeanette Valdés “improvisó” y tomó algunos de los objetos que tenía en su lugar para hacer una analogía de cómo funcionaban los mandos en esta estructura criminal y en la que el exjefe de la SAT no tuvo alguna función directa, o al menos no pudo probarlo el Ministerio Público.
El sindicalista Anthony Segura Franco también fue absuelto por este delito, ya que según la jueza Valdés no se pudo comprobar por parte del MP su participación en este caso.
Previamente también se resolvió que el acusado Giovanni Marroquín Navas era absuelto por este delito, aunque aún continuaban las juezas con las resoluciones del resto de delitos por los cuales están sindicados estas personas y otros más, incluidos Pérez Molina y Baldetti.
Mientras que Obdulio Horacio Barrios fue absuelto del delito de asociación ilícita y caso especial de defraudación aduanera; mientras que Sebastián Herrera Cabrera, absuelto del delito de asociación ilícita.