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Emiten restricción para el transporte pesado durante Semana Santa

Únicamente el transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos y grúas podrán circular.

A través del acuerdo 303-2023, el Ministerio de Comunicaciones dio a conocer que se restringe la circulación del transporte de carga pesada en todo el territorio durante la Semana Santa a partir del 5 de abril desde las 12:00 horas hasta el 9 de abril a las 24:00 horas, con excepción del transporte de carga de productos perecederos.

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Únicamente el transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos y grúas por ser un equipo de servicios, podrán circular y no necesitan permisos especiales, establece el acuerdo.

El transporte de carga podrá circular únicamente del kilómetro 290 carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castila sobre la CA-09-N.

Del kilómetro 80 carretera CA-09-SUR-A a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 carretera SA-09-SUR.

Según el acuerdo la infracción a la disposición, será sancionado de conformidad con las Leyes vigentes.

* Con información de Karla Marroquín, Emisoras Unidas 89.7

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