El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) decidió revocar el amparo provisional que permitía a los candidatos a diputados y alcaldes de 11 distritos pertenecientes al partido Prosperidad Ciudadana participar en las elecciones del 25 de junio.
La decisión se confirmó después de que se conocieran los recursos de apelación por parte del Director General del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral, quien argumentaba que la resolución a favor de Prosperidad Ciudadana entraba en contradicción con los argumentos presentados por la Sala Sexta de lo Contencioso Administrativo, la misma que dejó fuera de la contienda al partido y a su presidenciable.
El viernes 9 de junio, se informó que la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo concedió un amparo provisional a la secretaría de Prosperidad Ciudadana, Lilian García. Con este se permitía a candidatos a diputados y alcaldes de 11 distritos participar en las elecciones del 25 de junio.
Prosperidad Ciudadana fuera de las elecciones
Tras la revocatoria de amparo por parte de la CC. Se confirma que ningún candidato del partido Prosperidad Ciudadana podrá participar en las elecciones del domingo 25 de junio.
CC también resuelve
La CC resolvió que ante la posible responsabilidad en que pudieron haber incurrido los magistrados de la Sala Quinta, resolvió certificar lo conducente a:
- La Junta de Disciplina Judicial del Organismo Judicial, a fin de que inicie el procedimiento disciplinario respectivo
- Asimismo, al Ministerio Público para que dé inicio a las investigaciones penales que correspondan en el caso concreto