Luis Miguel Martínez Morales, exjefe del ya cancelado Centro de Gobierno, fue sancionado con la Ley Magnitsky este viernes, 1 de diciembre, por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos por su papel en la corrupción en Guatemala, donde participó en esquemas generalizados de soborno, incluidos esquemas relacionados con contratos gubernamentales.
EE. UU. reconoce a Martínez como el exdirector del ahora desaparecido Centro de Gobierno, una poderosa agencia a nivel de casi gabinete creada por el presidente guatemalteco Alejandro Giammattei al comienzo de su administración. Durante su mandato como director del Centro de Gobierno, Martínez fue considerado uno de los funcionarios no electos más poderosos del gobierno. Si bien actualmente no ocupa un cargo gubernamental, Martínez sigue siendo una de las personas más influyentes de la administración Giammattei.
Los señalamientos contra Miguel Martínez
De acuerdo con el Departamento del Tesoro, Martínez influyó en el proceso de contratos gubernamentales para su beneficio y el de sus asociados cercanos. Martínez se confabuló con otros funcionarios del gobierno guatemalteco para adjudicar ilegalmente contratos a postores favorecidos fuera de Guatecompras, el sistema formal de adquisiciones del gobierno guatemalteco. Martínez y sus conspiradores utilizaron leyes de adquisiciones anticuadas para renunciar al proceso de licitación y asegurar contratos gubernamentales para empresas en las que él tiene un interés financiero.
En 2021, Martínez solicitó grandes sobornos para facilitar la compra de las vacunas rusas Sputnik V por parte del Gobierno de Guatemala. La agencia especial anticorrupción de Guatemala investigó a Martínez por su papel en un controvertido pago vinculado a la compra de 16 millones de dosis de la vacuna rusa Sputnik V contra el COVID-19 por parte de el gobierno guatemalteco.
Martínez está siendo designado de conformidad con la E.O. 13818 por ser una persona extranjera que sea un funcionario gubernamental actual o anterior, o una persona que actúe por o en nombre de dicho funcionario, que sea responsable o cómplice, o que haya participado directa o indirectamente en corrupción, incluida la apropiación indebida de activos estatales, la expropiación de activos privados para beneficio personal, la corrupción relacionada con contratos gubernamentales o la extracción de recursos naturales, o el soborno.
¿Qué implica esta sanción?
Como resultado de la acción de hoy, todas las propiedades e intereses en propiedades de la persona descrita anteriormente que se encuentren en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueados y deben informarse a la OFAC. Además, también se bloquea cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, individualmente o en conjunto, en un 50 por ciento o más de una o más personas bloqueadas.
A menos que estén autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o que estén exentas de otro modo, las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas designadas o bloqueadas de otro modo.
Las prohibiciones incluyen realizar cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, para o en beneficio de cualquier persona designada, o recibir cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona.