Opinión

"Estado de Calamidad Pública"

La situación del país está muy delicada. El repunte de los casos de Covid-19 con las variantes Delta y Lambda, y la tensión política -de bloqueos y señalamientos-, crea una gran incertidumbre y ansiedad entre los guatemaltecos. Según los datos del Ministerio de Salud, la segunda semana de agosto el número de casos fue de más de 22,600 y una tercera parte de las pruebas dieron positivo. La vacunación se aceleró, en especial la primera dosis, con más de 500 mil administradas, pero tristemente cada semana fallecen alrededor de 200 personas. Esto ha generado una alta demanda de hospitales, personal e insumos.

El viernes 13 de agosto el presidente decretó un estado de Calamidad por medio del Acuerdo Gubernativo 6-2021 que entró en vigor a partir del domingo 15 de agosto. En este se restringen garantías, se pueden realizar compras por excepción, hay toque de queda de 10 p. m. a 4 a. m. del día siguiente y una serie de disposiciones sanitarias. Tendrá una vigencia de 30 días.

Como lo manda la Constitución, en su artículo 138, un estado de Calamidad Pública debe ser conocido, ratificado, modificado o improbado por el Congreso, dentro de tres días de convocado. En caso de modificaciones o no se apruebe por parte del Congreso, lo actuado tendrá plena validez.

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Lamentablemente, no fue un tema de tanta urgencia, ya que fue hasta el martes 16 que el Congreso convocó. Inicialmente, varios diputados indicaron que ya era ilegal porque el presidente tardó más de tres días para remitirla al Congreso; sin embargo, la conocieron. Durante los siguientes tres días, varios de los diputados no se presentaron a las sesiones del pleno y otros lo hicieron, pero no se marcaron para conformar cuórum. El primer día de sesión hubo duda de la presencia de los 81 diputados y se dio la primera lectura del decreto. El segundo (jueves) no avanzaron, ya que luego de varias horas de discusión y el comportamiento inaceptable de algunos diputados impidieron que la sesión se llevara a cabo. Por último, el viernes, luego de que no se integrara el quorum, se dio por concluida la sesión ordinaria.
Acá fue donde se originaron dudas. ¿El no haber conocido en tres lecturas equivale a improbar el estado de Calamidad? ¿Quedaba vigente o no el estado de Calamidad y a partir de qué momento? Rápido, inició un gran debate, especialmente entre los abogados y políticos. La norma es clara en sentido que el Congreso debe conocer el acuerdo y tomar la decisión de: ratificar, modificar e improbar. Sin embargo, el Congreso no cumplió con su mandato, por lo que el decreto gubernativo sigue vigente, por no operarse el mecanismo legal para improbarlo.

El sábado la Corte de Constitucionalidad (CC) emitió, dentro de una acción de inconstitucionalidad de carácter general promovida por el procurador de los Derechos Humanos contra el primer párrafo del inciso b) del artículo 5 del Decreto Gubernativo 6-2021 lo siguiente: No decretó la suspensión provisional de la norma impugnada. Adicionalmente conminó a la Junta Directiva del Congreso y su presidente para que, dentro del plazo de 24 horas, a partir de notificada la resolución, convoque al pleno del Congreso para celebrar sesión, dentro de los dos días siguientes a la convocatoria, en la que, con prioridad a cualquier otro asunto, ratifique, modifique o impruebe el Decreto Gubernativo 6-2021.

Además, indica que conforme al artículo 77 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, se declare en sesión permanente hasta el momento en el que se asuma cualquiera de las tres decisiones. Señala que “la oposición o desacuerdo con la decisión que será objeto de conocimiento no constituye causa justificada para no asistir a la sesión o retirarse de esta, y, por aparejar tanto el incumplimiento de esta resolución como de los deberes que les impone la Constitución y la ley se les apercibe a los diputados al Congreso de la República que, en caso de incumplimiento, incurrirán en las responsabilidades penales y civiles correspondientes”.

Por último, el sábado, el presidente con sus ministros hicieron reformas al Decreto Gubernativo 6-2021 en especial con el fin de hacer más transparentes las compras que solo estarán relacionadas con la crisis sanitaria, basadas en un listado, por medio de Guatecompras y a través del Ministerio de Salud Pública y el IGSS. Sin embargo, también realizaron reformas en temas de comunicación en las disposiciones generales, lo cual no fue bien visto. Estas reformas se publicaron ayer bajo el Acuerdo Gubernativo 7-2021. Ambos acuerdos serán conocidos por el Congreso durante esta semana.

Ante esta situación tan complicada para la salud de los guatemaltecos es indispensable trabajar juntos y con coraje hacerle frente a la crisis causada por la pandemia. Se espera que esta semana se llegue a un acuerdo entre el Ejecutivo y el Legislativo para contar con las condiciones y necesidades para todos guatemaltecos. ¿Qué medidas tomará ante el repunte del Covid-19? ¿Cómo exigir a los diputados su presencia en las sesiones ordinarias, en especial durante las emergencias? ¿Está de acuerdo que se apruebe un estado de Calamidad?

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