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USAC prohíbe Bautizos y portación de armas dentro del campus universitario

Esta medida ya se ha girado en años anteriores; sin embargo, algunas unidades académicas no acatan dicha orden.

Esta medida ya se ha girado en años anteriores; sin embargo, algunas unidades académicas no acatan dicha orden. De no seguir el reglamento, ahora advierten sanciones a estudiantes y docentes. ¿Qué opinas?

Las autoridades de la Universidad de San Carlos de Guatemala aprobaron modificaciones al reglamento de actividades públicas, el listado detalla prohibiciones dentro de las instalaciones, con el fin de resguardar la integridad de estudiantes y catedráticos de la referida casa de estudio.

Esto debido a que todos los años, pese a que ya en ocasiones anteriores también habían prohibido los bautizos, algunas facultades continúan con dicha tradición, en la que muchos estudiantes no están de acuerdo, pues ponen en riesgo su integridad y su vida.

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Como parte de las tradiciones de primer ingreso, en la tricentenaria se llevan a cabo distintas actividades, algunas consideradas como crueles, pues le cortan el cabello a las señoritas o rapan a los jovencitos. Dichas acciones ahora quedan prohibidas.

Según el reglamento las personas que se encuentren dentro del campus central están obligadas a identificarse cuando sea requerido.

Se prohíben actividades de “bautizo” y “bienvenidas” o cualquier actividad que denigre o ponga en peligro la vida e integridad de la comunidad Sancarlista. Asimismo, todo tipo de intimidación, amedrentamiento, violencia física, psicológica y sexual.

Se prohíbe portar y utilizar armas letales y no letales, como armas de fuego, armas blancas, armas de artes marciales, bates o palos con alambre de púas o clavos, hachas, piedras, entre otras.

Se prohíbe interrumpir el desarrollo normal de actividades académicas y administrativas, por lo que queda prohibido el paso por aulas o instalaciones universitarias, hacer uso de altoparlantes, equipos de sonido, amplificadores, bocinas, instrumentos musicales y otros dispositivos.

Se prohíbe cobrar el ingreso a las instalaciones universitarias, la toma y cobro ilegal de parqueos. Igualmente, el cobro indebido a comercios que funcionan dentro de la universidad y obstaculizar la libre locomoción de la comunidad universitaria.

Se prohíbe la venta y consumo de cualquier tipo de drogas y el ingreso, elaboración, comercialización, expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

Se prohíbe dañar o vandalizar de cualquier forma las instalaciones de la universidad, colocar y distribuir material publicitario o de cualquier otra índole —como rótulos, afiches, materiales adhesivos en paredes, ventanales, postes, quioscos de información y de actividad comercial, garitas, columnas, murales, salones de clases, puertas y cualquier otra infraestructura, bien mueble o inmueble de la universidad—que dañen su patrimonio y en las que se convoque a actividades de “bautizo” y “bienvenida”, entre otras.

Se prohíbe ejercer actividades de venta y comercio que no estén autorizadas de conformidad con el Reglamento de la Actividad Comercial.

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Se reitera la prohibición de ocupar, usurpar, tomar (o cualquiera que sea su denominación) instalaciones de la Universidad de San Carlos de Guatemala que impidan el desarrollo de las actividades académicas y administrativas.

Con el objeto de evitar que cualquier persona de forma arbitraria pernocte o permanezca en las instalaciones del campus central sin autorización, este permanecerá cerrado entre las 22:00 y las 5:00 horas del día siguiente de lunes a domingo.

Queda prohibido el ingreso y retiro de vehículos desde las 22:00 hasta las 5:00 horas del día siguiente, así como los días y horarios en que la Universidad de San Carlos de Guatemala se encuentre cerrada.

Se establece que las actividades públicas deberán realizarse dentro del horario de 06:00 a 21:00.

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