En redes sociales circula un video el cual expone las acciones inmorales de un grupo de hombres con una mujer que los acompaña en una tienda. Internautas cuestionan que estas acciones son denigrantes para las mujeres.
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“Muchos no lo ven tan mal ¿Dónde quedan las buenas costumbres, los valores, la decencia, la moral que pregonan? Es un acto indecente en la vía pública ¿Y los niños?”, cuestiona un internauta.
Quién comparte el video, detalla que esto sucedió en una tienda de la colonia Landívar de la zona 7 de la ciudad capital. Las imágenes son explícitas mientras otro sujeto aprovecha para grabar lo sucedido.
¿QUÉ DICE LA LEY?
El Código Penal regula este tipo de situaciones como falta y no amerita cárcel sino una multa.
El Capítulo IV, Artículo 489, inciso 7, establece: “De las faltas contra las buenas costumbres: Quien, en cualquier forma, ofendiere a mujeres con requerimientos o proposiciones indebidas, incorrectas, irrespetuosas u obscenas o las siguiere o molestare con cualquier propósito indebido”.
Mientras que el Capítulo VI, artículo 195, norma: “Exhibiciones obscenas: Quien, en sitio público o abierto o expuesto al público, ejecutare o hiciere ejecutar actos obscenos, será sancionado con multa de doscientos a dos mil quetzales”.