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IRTRA: “Cualquier institución, incluyendo el gobierno, no puede cobrarle un impuesto al sector educativo”

La institución explica las bases en las que se formó la iniciativa para promover la recreación sana y familiar.

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Estudiantes de excursión. Parque del IRTRA Petapa.

El Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa privada de Guatemala (IRTRA) por medio de un comunicado enfatiza sobre las bases en las que se formó la iniciativa de la empresa privada de Guatemala para proveer a sus trabajadores de una recreación sana y familiar.

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“Las entidades que conformaron el IRTRA fueron: el sector industrial a través de la Cámara de Industria, el sector comercial a través de la Cámara de Comercio y el sector financiero hoy representado en la Cámara de Finanzas”, describe la institución.

La  idea era que las empresas lucrativas pertenecientes a estos sectores, pagaran un impuesto para la administración, construcción y operación de las instalaciones de la nueva organización, entendiéndose claramente que debían ser empresas legalmente constituidas y que fueran de carácter lucrativo, afirman.

La Constitución de la República de Guatemala en sus artículos 73 y 88 exime al sector educativo, colegios, universidades, Etc., de todo tipo de impuestos, arbitrios y contribuciones sin excepción alguna.

“Por esta razón el IRTRA o cualquier institución, incluyendo el gobierno, no puede cobrarle un impuesto al sector educativo del país. Esta es la razón y no el cambio de la ley del IRTRA”, señaló.

Por lo que dicha medida excluye del pago del impuesto de recreación a los colegios y universidades, pues la  Constitución le da un beneficio especial al sector educativo, por lo tanto el IRTRA:” No puede legalmente cobrar un impuesto a dicho sector”, concluyeron.

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