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Los cinco puntos clave del proceso de unificación del CUI-NIT

¿Cuáles son los beneficios que tendrán los guatemaltecos?

Autoridades de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) recalcaron que no habrá nuevos impuestos ni cobros por transferencias bancarias.

De acuerdo con la SAT, el proceso de armonización del Código Único de Identificación (CUI) y el Número de Identificación Tributaria (NIT) tiene como objetivo de simplificar los trámites y gestiones administrativas de los contribuyentes.

“Este proceso que lleva a cabo la SAT corresponde al mandato de la Ley del Registro Nacional de las Personas (RENAP), una Ley de Orden Público que estableció la obligación de que todas las dependencias del Estado tienen que adoptar un único número para identificar a la persona natural. En congruencia, la SAT emitió la resolución SAT-DSI-393-2025, mediante la cual se adaptará toda la infraestructura institucional para incorporar los primeros 9 dígitos del CUl como NIT, contribuyendo así a la consolidación de un identificador único a nivel estatal”, se detalló en un comunicado de prensa.

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“La transición es un proceso informático interno, automático y progresivo, sin afectar las gestiones habituales de quienes ya poseen un NIT, y además pueden seguir utilizando ambos números indistintamente ante la SAT”, se agregó.

Los cinco puntos clave sobre esta unificación son:

  • Simplificar trámites para contribuyentes e instituciones públicas.
  • Uniformidad en los registros institucionales.
  • Mejor conectividad entre entidades del Estado para facilitar servicios y documentos.
  • Mayor transparencia en actividades de la vida cotidiana.
  • Optimización de recursos y avance hacia el gobierno electrónico.

Desinformación

Ante algunas dudas manifestadas en redes sociales, la SAT aclaró que las transferencias bancarias no generan automáticamente impuestos ni existen cobros tributarios por su simple uso; asimismo, el proceso de armonización CUl-NiT no otorga acceso automático a información bancaria, ya que dicha información solo puede ser requerida mediante orden de juez

“Este proceso no implica la creación de nuevos impuestos, ya que dicha función corresponde exclusivamente al Congreso de la República. Tampoco conlleva una inscripción de oficio, sino que busca promover el cumplimiento voluntario, facilitar las gestiones y fortalecer la cultura tributaria en beneficio del país que todos queremos”, finalizó el texto.

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